miércoles, 23 de diciembre de 2020

OR ELIONU ALJANATI - Promesa incumplida

 

OR ELI ALJANATI

Votación del Uruguay en la ONU- Promesa incumplida

 








Paso a relatar lo que dice la resolución de la Asamblea General de la ONU A/C.2/75/L.35 sobre la “soberanía permanente del pueblo palestino en territorio ocupado palestino incluido Jerusalem este, y de la población árabe en el Golan sirio ocupado y sus recursos naturales”, que Uruguay acompañó con su voto afirmativo.

En dicha Resolución se da por entendido que Israel tiene el carácter de potencia ocupante, tanto de Judea y Samaria, Altos del Golan y Jerusalem Este.

Todos quienes estamos en el tema hace tiempo sabemos que el carácter de ocupante de un territorio sólo se configura en determinadas circunstancias establecidas en el Derecho Internacional. No es el caso de Israel y Judea y Samaria (los mal llamados territorios ocupados o mal llamados Margen Occidental, West Bank, etc).

Respecto al Golan, da por sentado que es territorio sirio, sin discusión y sin mayores detalles.

Respecto a la inexistente Jerusalem Este, asume que no es parte de Israel, cuando todos sabemos que la ciudad NO está dividida y que en cualquier acuerdo posible, la misma no será dividida. Sin embargo la Asamblea Gral de la ONU, por sí y ante sí, inventa que hay dos ciudades, cuando la realidad indica lo contrario. En cualquier caso, las partes negociaran al respecto, pero la ONU ya da su opinión, obviamente contraria a Israel.

Dicha calificación ha sido desmentida internacionalmente, sin embargo la resolución asume que Israel adquirió territorios por la fuerza. Olvida el detalle, que la guerra no fue iniciada por Israel. También olvida que dichos territorios son objeto de negociación entre las partes.

Desde ya les adelanto que en toda la resolución no hay ninguna mención a muchos “pequeños detalles”. El primero de ello, los Acuerdos de Oslo y los llamados Acuerdos de Oslo 2.

En la Resolución se alude varias veces al muro defensivo construido por Israel .Ya todos sabemos las innumerables vidas salvadas por el mismo, la cantidad de atentados frustrados y por supuesto, la inexistencia de ninguna sentencia que indique que dicho muro es ilegal. Las resoluciones de la Asamblea Gral de la ONU al respecto, no configuran obligación alguna para Israel. Así ocurre para cualquier país en relación a las mismas.

También se Involucra a la Corte Internacional de Justicia en relación a dicho muro y dado que no hay sentencia alguna, se alude a alguna opinión no vinculante al respecto. Los promotores de la resolución lo saben.

Se señala en varios pasajes de este lamentable texto a la supuesta explotación israelí de los recursos naturales de los territorios en cuestión. Quienes están en el lugar saben bien que Judea y Samaria (así se los mencionará siempre en esta nota, por su nombre geográfico, sin connotaciones políticas) está dividida en virtud de los Acuerdos de Oslo 2, en 3 zonas, A, B y C. Cada una de ellas con regímenes de gobierno y autoridad policial y militar diferente.

En el mundo paralelo en el que se mueve la ONU, todo ello es irrelevante y/o inexistente.

Tampoco se hace referencia alguna en toda la Resolución -volvemos a los “pequeños detalles” antes mencionados – a la Autoridad Palestina, a su conducta, actividad, negligencia o virtud alguna. Simplemente para la ONU, no existe. ¿Cómo redactar una Resolución sobre el tema sin aludir a la Autoridad que rige buena parte del territorio y a la amplísima mayoría de los palestinos? Un claro ejemplo de la voluntad de la ONU de condenar a lsrael sin ningún fundamento fáctico.

Otro aspecto de la Resolución hace mención a la supuesta destrucción israelí de tierras de agricultura, flores, árboles, granjas e invernaderos y su impacto ambiental y económico.

Se oculta cualquier referencia a la gestión de la Autoridad Palestina, no se hace referencia a su carácter no democrático, ni a las innumerables denuncias de corrupción ni su política tolerante con el terrorismo hacia Israel. Todo eso para la ONU, no existe.

Sólo quien quiere ocultar la verdad, es capaz de mentir, como lo hace esta Resolución.

También agrega la Resolución que supuestamente Israel ha destruido la infraestructura, tuberías, red eléctrica de los palestinos, cuando todo ellos es responsabilidad de la Autoridad Palestina.

Un capítulo aparte de la presente es la referencia a Gaza. Israel se desconectó unilateralmente de Gaza en 2005, sin embargo eso parece no haber ocurrido para la ONU.

Se hace referencia a las operaciones militares de 2014 en Gaza con el claro objetivo de difamar, demonizar y deslegitimar a Israel. No hay ninguna mención a Hamas, no hay ninguna mención a los ataques permanentes de cohetes, túneles, y demás desde dicha zona. La Resolución es bastante abundante al respecto aunque no integra ninguno de los territorios que la ONU indica en el título de la misma.

Tampoco pierde oportunidad la Asamblea Gral de criticar el impacto negativo de los asentamientos israelíes en Judea y Samaria, cuyo carácter jurídico está en discusión y claramente no configuran “asentamientos” desde el punto de vista del Derecho Internacional, cuya definición es muy clara.

Ya finalizando la ONU reclama misiones de investigación al respecto de todo lo denunciado y fijando criterios diferentes para Israel que para el resto del mundo.

Hay abundantes menciones a la Resolución 2334 del Consejo de Seguridad de la ONU, donde por supuesto se asume que los límites de 1967 son fronteras, cuando dichas líneas no son más que demarcaciones de cese del fuego.

Finalmente la Asamblea reafirma el derecho de los palestinos y de la población del Golan a sus recursos (dando por sentado que no pertenecen a Israel y omitiendo la existencia de un Acuerdo entre palestinos e Israel en el que se obligan a negociar el status definitivo de los territorios disputados, los Acuerdos de OSLO).

Demanda el cese de la potencia ocupante (Israel en relato de la ONU) y pide el fin de la explotación, la reparación de daños  sobre los recursos naturales en los territorios que la ONU declara que son palestinos y Golan sirio.

Insta a Israel a cumplir sus obligaciones (a la AP, Siria, Líbano, Hezbollah o Hamas, que jamás son nombrados, obviamente no les reclama nada).

Insta a Israel y a los “colonos israelies” a no contaminar el ambiente de los palestinos e insta a Israel a parar la destrucción de infraestructura palestina y de Gaza.

Es tal lo sesgado de la Resolución que se omite cualquier mención a la negligencia palestina de su propio gobierno o a la actividad terrorista desembozada de Hamas en Gaza.

Continúa con más condenas a las supuestas conductas anti-ambientales de Israel (según la ONU). En un rapto de fantasía máximo agrega lo siguiente: llama a Israel a no impedir el desarrollo y exportación de yacimientos de petróleo y Gas Natural de los palestinos.

El final absolutamente vergonzoso y demonizador es el llamamiento a la Comunidad Internacional a que vigilen las prácticas ilegales israelíes e incluye una exhortación a los países a distinguir entre Israel y los territorios ocupados (según la ONU) desde 1967.

Claramente la ONU, incurriendo en un acto de discriminación inaceptable, llama ni más ni menos que, a generar una política sospechosamente similar a lo que propone el BDS (ya en retirada e ilegalizado en buena parte del mundo).

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