OR ELI
ALJANATI
Votación del Uruguay en la ONU-
Promesa incumplida
Paso a relatar lo que dice la resolución de la Asamblea General de la ONU
A/C.2/75/L.35 sobre la “soberanía permanente del pueblo palestino en territorio
ocupado palestino incluido Jerusalem este, y de la población árabe en el Golan
sirio ocupado y sus recursos naturales”, que Uruguay acompañó con su voto
afirmativo.
En dicha Resolución se da por entendido que Israel tiene el carácter de
potencia ocupante, tanto de Judea y Samaria, Altos del Golan y Jerusalem Este.
Todos quienes estamos en el tema hace tiempo sabemos que el carácter de
ocupante de un territorio sólo se configura en determinadas circunstancias
establecidas en el Derecho Internacional. No es el caso de Israel y Judea y
Samaria (los mal llamados territorios ocupados o mal llamados Margen Occidental,
West Bank, etc).
Respecto al Golan, da por sentado que es territorio sirio, sin discusión y sin
mayores detalles.
Respecto a la inexistente Jerusalem Este, asume que no es parte de Israel,
cuando todos sabemos que la ciudad NO está dividida y que en cualquier acuerdo
posible, la misma no será dividida. Sin embargo la Asamblea Gral de la ONU, por
sí y ante sí, inventa que hay dos ciudades, cuando la realidad indica lo
contrario. En cualquier caso, las partes negociaran al respecto, pero la ONU ya
da su opinión, obviamente contraria a Israel.
Dicha calificación ha sido desmentida internacionalmente, sin embargo la
resolución asume que Israel adquirió territorios por la fuerza. Olvida el
detalle, que la guerra no fue iniciada por Israel. También olvida que dichos
territorios son objeto de negociación entre las partes.
Desde ya les adelanto que en toda la resolución no hay ninguna mención a muchos
“pequeños detalles”. El primero de ello, los Acuerdos de Oslo y los llamados
Acuerdos de Oslo 2.
En la Resolución se alude varias veces al muro defensivo construido por Israel
.Ya todos sabemos las innumerables vidas salvadas por el mismo, la cantidad de
atentados frustrados y por supuesto, la inexistencia de ninguna sentencia que
indique que dicho muro es ilegal. Las resoluciones de la Asamblea Gral de la
ONU al respecto, no configuran obligación alguna para Israel. Así ocurre para
cualquier país en relación a las mismas.
También se Involucra a la Corte Internacional de Justicia en relación a dicho
muro y dado que no hay sentencia alguna, se alude a alguna opinión no
vinculante al respecto. Los promotores de la resolución lo saben.
Se señala en varios pasajes de este lamentable texto a la supuesta explotación
israelí de los recursos naturales de los territorios en cuestión. Quienes están
en el lugar saben bien que Judea y Samaria (así se los mencionará siempre en
esta nota, por su nombre geográfico, sin connotaciones políticas) está dividida
en virtud de los Acuerdos de Oslo 2, en 3 zonas, A, B y C. Cada una de ellas
con regímenes de gobierno y autoridad policial y militar diferente.
En el mundo paralelo en el que se mueve la ONU, todo ello es irrelevante y/o
inexistente.
Tampoco se hace referencia alguna en toda la Resolución -volvemos a los
“pequeños detalles” antes mencionados – a la Autoridad Palestina, a su
conducta, actividad, negligencia o virtud alguna. Simplemente para la ONU, no
existe. ¿Cómo redactar una Resolución sobre el tema sin aludir a la Autoridad
que rige buena parte del territorio y a la amplísima mayoría de los palestinos?
Un claro ejemplo de la voluntad de la ONU de condenar a lsrael sin ningún
fundamento fáctico.
Otro aspecto de la Resolución hace mención a la supuesta destrucción israelí de
tierras de agricultura, flores, árboles, granjas e invernaderos y su impacto
ambiental y económico.
Se oculta cualquier referencia a la gestión de la Autoridad Palestina, no se
hace referencia a su carácter no democrático, ni a las innumerables denuncias
de corrupción ni su política tolerante con el terrorismo hacia Israel. Todo eso
para la ONU, no existe.
Sólo quien quiere ocultar la verdad, es capaz de mentir, como lo hace esta
Resolución.
También agrega la Resolución que supuestamente Israel ha destruido la
infraestructura, tuberías, red eléctrica de los palestinos, cuando todo ellos
es responsabilidad de la Autoridad Palestina.
Un capítulo aparte de la presente es la referencia a Gaza. Israel se desconectó
unilateralmente de Gaza en 2005, sin embargo eso parece no haber ocurrido para
la ONU.
Se hace referencia a las operaciones militares de 2014 en Gaza con el claro
objetivo de difamar, demonizar y deslegitimar a Israel. No hay ninguna mención
a Hamas, no hay ninguna mención a los ataques permanentes de cohetes, túneles,
y demás desde dicha zona. La Resolución es bastante abundante al respecto
aunque no integra ninguno de los territorios que la ONU indica en el título de
la misma.
Tampoco pierde oportunidad la Asamblea Gral de criticar el impacto negativo de
los asentamientos israelíes en Judea y Samaria, cuyo carácter jurídico está en
discusión y claramente no configuran “asentamientos” desde el punto de vista
del Derecho Internacional, cuya definición es muy clara.
Ya finalizando la ONU reclama misiones de investigación al respecto de todo lo
denunciado y fijando criterios diferentes para Israel que para el resto del
mundo.
Hay abundantes menciones a la Resolución 2334 del Consejo de Seguridad de la
ONU, donde por supuesto se asume que los límites de 1967 son fronteras, cuando
dichas líneas no son más que demarcaciones de cese del fuego.
Finalmente la Asamblea reafirma el derecho de los palestinos y de la población
del Golan a sus recursos (dando por sentado que no pertenecen a Israel y
omitiendo la existencia de un Acuerdo entre palestinos e Israel en el que se
obligan a negociar el status definitivo de los territorios disputados, los
Acuerdos de OSLO).
Demanda el cese de la potencia ocupante (Israel en relato de la ONU) y pide el
fin de la explotación, la reparación de daños sobre los recursos
naturales en los territorios que la ONU declara que son palestinos y Golan
sirio.
Insta a Israel a cumplir sus obligaciones (a la AP, Siria, Líbano, Hezbollah o
Hamas, que jamás son nombrados, obviamente no les reclama nada).
Insta a Israel y a los “colonos israelies” a no contaminar el ambiente de los
palestinos e insta a Israel a parar la destrucción de infraestructura palestina
y de Gaza.
Es tal lo sesgado de la Resolución que se omite cualquier mención a la
negligencia palestina de su propio gobierno o a la actividad terrorista
desembozada de Hamas en Gaza.
Continúa con más condenas a las supuestas conductas anti-ambientales de Israel
(según la ONU). En un rapto de fantasía máximo agrega lo siguiente: llama a
Israel a no impedir el desarrollo y exportación de yacimientos de petróleo y
Gas Natural de los palestinos.
El final absolutamente vergonzoso y demonizador es el llamamiento a la
Comunidad Internacional a que vigilen las prácticas ilegales israelíes e
incluye una exhortación a los países a distinguir entre Israel y los
territorios ocupados (según la ONU) desde 1967.
Claramente la ONU, incurriendo en un acto de discriminación inaceptable, llama
ni más ni menos que, a generar una política sospechosamente similar a lo que
propone el BDS (ya en retirada e ilegalizado en buena parte del mundo).